Cláusula suelo. La cuestión jurídica del momento. El objetivo de muchos despachos. La moda pasajera.
Hace tiempo que los medios de comunicación y profesionales del sector han encontrado en las cláusulas suelo un interesante nicho de mercado. Desde hace tiempo, no pasa un solo día sin que salte a la palestra una noticia relacionada con el tema. Primero fue la Sentencia del Supremo del año 2013 sobre la nulidad de las cláusulas suelo de determinadas entidades financieras; a continuación, a su rebufo, las innumerables interpretaciones y críticas al respecto.
Poco tiempo después nos desayunábamos un día sí y otro también con resoluciones de Audiencias Provinciales o tribunales menores al respecto, dando lugar a un aluvión de opiniones sobre el particular. Al hilo de ellas, comentaristas de todo calado, sabelotodos del Derecho y opinadores en masa, nos trasladaban sus versadas opiniones sobre la interpretación de la nulidad en el Código Civil. Mejor dicho, lanzaban al aire su propaganda dialéctica a favor o en contra del referido concepto según soplase el aire de su propio interés particular.
Más tarde, nos infectaron con el informe del abogado general del Tribunal Europeo sobre su opinión, no vinculante, respecto del criterio temporal sobre la nulidad. Las aguas se calmaron un poco alrededor de las entidades financieras, y se agitaron en torno a las asociaciones de consumidores y algunos despachos de abogados que no entendían el curioso criterio del abogado general.
Pero el tiempo trascurría, los procesos judiciales se suspendían a la espera de una resolución definitiva del Alto Tribunal Europeo, mientras la prensa y las entidades que necesitaban moverse para no ser olvidadas, seguían dando el callo en las redes para mantener viva la cuestión.
Finalmente, ahora, la reciente Sentencia de 21 diciembre del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha adoptado una decisión, coherente donde las haya, si de lo que se trataba era de resolver la cuestión que se le planteó: si los efectos de la nulidad son «ex tunc» o «ex nunc»; es decir, si los efectos de la declaración de nulidad de una cláusula lo son desde el inicio o desde el momento de la resolución que la declara.
A todos los que nos movemos en el mundo del Derecho nos sorprendió la Sentencia de 2013 de nuestro Tribunal Supremo que declaraba la nulidad e inventaba un argumento de política económica para atribuir los efectos tan solo desde ese momento. Lo lógico es lo que ha ocurrido. Que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha corregido a nuestro Alto Tribunal, manifestando que la declaración de nulidad debe tener efectos desde el momento en que fue incorporada al contrato.
Pues bien, llegados a este punto, este Letrado se encuentra harto de tanta literatura, de tanto marisabidillo y de tanto profesional que se sube al carro de las cláusulas suelo para hacerse un hueco en nuestra difícil profesión, anunciando que son expertos, especialistas dicen, en cláusulas suelo, y reclamaciones a entidades bancarias. Hago un paréntesis para recordar que hay compañeros de profesión tremendamente pulcros, correctos, preparados y capaces, que llevan toda la vida dedicándose con precisión a esta variante del Derecho y sobre los que tengo el mayor de los respetos. Sin embargo, al revuelo de todo el movimiento mediático han surgido de pronto especialistas en nada que, atraídos por la sangre, se han hecho un hueco a empujones en este minisegmento del Derecho, convirtiéndose ahora ficticiamente en adalides de la defensa de los derechos del consumidor, cuando en realidad, lo único que tratan es de obtener un lucro fácil llevados por la vertiginosa corriente de la defensa del perjudicado, engañado en algunos casos por las entidades financieras, y conscientes en la mayoría de ellas de lo que habían firmado, aunque ahora se llamen andana.
Lo cierto es que vivimos en un mundo atroz, que devora y se lleva por delante carros y carretas en menos que canta un gallo. Eso es lo que les ha pasado a muchas entidades financieras que están soportando ahora los desmanes que llevaron a cabo en los años del crecimiento. Otras no, otras se comportaron de manera profesional, explicando concienzudamente a sus clientes lo que contrataban, pero a pesar de su ético comportamiento, van a sufrir ahora las consecuencias de la pena civil que la sociedad ha impuesto a la generalidad del sistema financiero. Porque es verdad que la inquina de gran parte de los ciudadanos hacia los Bancos se fundamenta en los abusos que en muchos casos se cometían y, ahora que el cliente tiene la sartén por el mango, no la va a querer soltar. No es justo en modo alguno tratar a todas las entidades por igual; ni lo es criminalizar a sus empleados. Ocurre que la deriva pasional hacia la que la difícil situación económica ha llevada a muchos ciudadanos, no permite ver más allá de los árboles de la generalizacion, impidiendo apreciar el bosque de la individualidad.
La velocidad con la que camina nuestra sociedad, nuestro sector jurídico, nuestro mundo empresarial hará que en unos meses, una vez trascurrido el plazo que el urgente Real Decreto elaborado por el Gobierno conceda para la resolución extrajudicial del conflicto, todo se desvanezca. Unos ciudadanos alcanzarán acuerdos amistosos; otros se verán abocados, como hasta ahora, a plantear la oportuna demanda judicial; y otros, insatisfechos siempre, buscarán las cosquillas nuevamente, abrirán nuevas heridas o espacios de posible reclamación, ayudados por los sempiternos buscadores de nichos de conflicto. Esa misma velocidad en la que se ve inmersa nuestra sociedad, es la que hará desaparecer del mercado a quienes han surgido de la nada al hilo de la posibilidad del dinero fácil, de la reclamación a bulto al poderoso.
A mí me agota toda este tema. Me canso de no oír hablar de otra cosa, como si no existiesen profesionales dedicados a otras ramas del Derecho que hacen su trabajo de manera excepcional. Nadie habla de los abogados de oficio, ni de los estupendos especialistas en nuevas tecnologías que están surgiendo al hilo de esta nueva revolución digital que tenemos encima. Ni de los grandes conocedores del mundo del Derecho Laboral o del Derecho Mercantil. Aquí solo se habla de las cláusulas suelo: anuncios en prensa, en televisión, en cualquier medio. Pues muy bien, las cláusulas suelo, los swaps, las multidivisa, las preferentes…se van a terminar más pronto que tarde. Los abogados, por si no lo sabe el público, somos algo más que reclamadores automáticos, que gestores de expedientes. Somos asesores, somos consejeros y somos solucionadores de problemas. Es una profesión estresante, pero al mismo tiempo emocionante. Y tenemos que estar preparados, humana e intelectualmente para el futuro. Las cláusulas suelo han sido una moda, pero por suerte o por desgracia, ya son el pasado.