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Como ya indicábamos en un artículo anterior, los contratos de multipropiedad pueden ser anulados. En este caso, nuestro despacho ha conseguido que el Juzgado declare la nulidad del mismo por indefinición del objeto y, consiguientemente, la nulidad del préstamo asociado a dicho contrato, obligando a la entidad financiera al pago de todas las cantidades abonadas por los clientes más sus intereses desde el momento del pago. Asimismo, ha sido condenada la entidad gestora a la devolución de todas las cuotas de mantenimiento satisfechas por los clientes durante todo el período contractual, más los intereses devengados desde el pago. De esta manera se acaba con el abuso ejercido por las empresas comercializadoras de este tipo de productos que, con técnicas agresivas, llevaban a los consumidores a la firma de estos contratos. Adjuntamos la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Zaragoza.

La Sentencia fue recurrida por la entidad gestora, siendo también desestimado su recurso por la Audiencia Provincial de Zaragoza. Adjuntamos también la Sentencia de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Zaragoza

En ambos casos, las demandadas han sido condenadas al pago de las costas generadas.

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